Puerto Rico bills · 2025-2028 Session
Puerto Rico PC 1358
Para establecer que ninguna de las tres (3) Ramas del Gobierno de Puerto Rico, entiéndase instrumentalidad, agencia, municipio, o dependencia y las corporaciones públicas, podrán otorgar contratos de servicios, compras, servicios profesionales, servicios de consultoría ni de cualquier otro tipo de contratación a aquellas entidades jurídicas creadas dentro del término de cuatro (4) años previo a la otorgación del contrato y que no cuenten con al menos tres (3) años de experiencia; así como establecer excepciones en casos de emergencia; enmendar a tales fines el Artículo 3.4 de la Ley 2-2018, según enmendada, conocida como “Código Anticorrupción para el Nuevo Puerto Rico”; enmendar el Artículo 5 de la Ley 237-2004, según enmendada, conocida como “Ley para Establecer Parámetros Uniformes en los Procesos de Contratación de Servicios Profesionales y Consultivos para las Agencias y Entidades Gubernamentales del Estado Libre Asociado de Puerto Rico”; añadir a esos efectos dos (2) nuevos sub-incisos (k) y (l) al Artículo 33 de la Ley 73-2019, según enmendada, conocida como la “Ley de la Administración de Servicios Generales para la Centralización de la Compras del Gobierno de Puerto Rico de 2019”; establecer disposiciones transitorias; y para otros fines relacionados.
- Introduced
- In committee
- Passed Senate
- Passed House
- To Governor
- Became law
Sponsors
- Lisie J. Burgos Muñiz (Proyecto Dignidad)
Summary
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Latest action(Aug 17, 2026): Referido a Comisión(es)
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- Radicado· Aug 14, 2026
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- Aug 17, 2026 · Legislature
Referido a Comisión(es) - Aug 17, 2026 · House
Aparece en Primera Lectura de la Cámara - Aug 14, 2026 · Legislature
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